¿Puedo circular con un retrovisor roto?

19 - 11 - 2020
Rodrigo Radovan

Escrito por Rodrigo Radovan

Director del Área de Movilidad de España de TÜV Rheinland
Los espejos retrovisores son un elemento muy importante de cualquier vehículo, ya que nos permiten ver qué pasa detrás cuando circulamos y, el hecho que sean de carácter obligatorio, refuerzan su importancia. Por eso es imprescindible que sepas qué tipos de retrovisores existen y cuántos debe llevar cada vehículo obligatoriamente.

Existen dos clases de espejos retrovisores: los interiores y los exteriores, pero todos deben ser convexos para evitar que lo que se refleja en ellos tenga un tamaño mayor que en la realidad. Los interiores, como indica su nombre, están dentro del habitáculo del vehículo, en la parte central entre el asiento del piloto y del copiloto. Los retrovisores exteriores, lógicamente, están en el exterior y dependiendo del tipo de vehículo tendrán un tamaño u otro y será obligatorio llevarlo en ambos lados o solo en uno.

Ahora bien, ¿qué retrovisores son obligatorios según si hablamos de coches o motos?

Retrovisores en turismos
En los turismos y vehículos de transporte de personas hasta 9 plazas siempre será obligatorio llevar el retrovisor izquierdo (el del lado del conductor) y del central interior. Sin embargo, si por la razón que sea el espejo interior no ofrece una buena imagen, porque está defectuoso, está obstruido o simplemente no deja ver, el retrovisor derecho es obligatorio.

De cara a la ITV, además de comprobar que los espejos retrovisores cumplen con su función y están en buenas condiciones, especialmente el izquierdo, también comprobamos que sean retráctiles, es decir que puedan doblarse. 

Retrovisores en motocicletas y ciclomotores
La clave está en la velocidad: si la velocidad máxima es menor o igual a 100km/h es obligatorio llevar el retrovisor izquierdo y el derecho es opcional, mientras que si supera los 100km/h el derecho también es obligatorio. Por tanto, los ciclomotores deberán llevar obligatoriamente el izquierdo, mientras que las motos tendrán que llevar ambos.

Las motos y cuadriciclos que posean carrocería cubierta, deben llevar el izquierdo y el interior obligatorio, siendo el derecho optativo, como en el caso de los turismos. En quads, vehículos de tres ruedas y cuadriciclos que su carrocería no cubra al conductor, serán obligatorios los dos retrovisores exteriores.

A pesar de que algunos retrovisores son opcionales, es recomendable llevarlos ya que aumenta nuestra visibilidad y, por tanto, a la hora de realizar maniobras siempre será más seguro.

Por último, debes saber que la modificación de los retrovisores de tu vehículo, se considera una reforma que deberás legalizar en una estación de ITV.
Rodrigo Radovan

Escrito por Rodrigo Radovan

Director del Área de Movilidad de España de TÜV Rheinland
Ingeniero en Organización Industrial. Es el Director del Área de Movilidad de España de TÜV Rheinland, con más de 25 años de experiencia en el sector de la Inspección, Certificación y Ensayo (sector TIC).

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